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¿Tu jefe te llama o manda mensajes fuera de tu horario laboral? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Trabajadores mexicanos no pueden ser forzados a responder comunicaciones relacionadas con el trabajo al finalizar su jornada

NACIONAL

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Te contamos qué dice la LFT sobre llamadas y mensajes de tu jefe fuera del trabajo.Créditos: Especial

México se posiciona como uno de los países con el mayor número de horas trabajadas anualmente de entre los miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE). Con un promedio de 2 mil 226 horas, el año pasado nuestro país se colocó sólo por debajo de en la lista de países en los que se labora más horas al año. A pesar de que la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que  el límite de horas para trabajadores mexicanos es de 48 por semana, en algunos casos la realidad es muy distinta. 

Una de las variables que más influye en que horarios laborales superen el límite legal es el trabajo remoto, mejor conocido como Home Office, que llegó para quedarse tras la emergencia sanitaria por el virus de COVID-19. Lo anterior difuminó la barrera entre la jornada laboral y el tiempo de de ocio de los trabajadores, e incluso muchos patrones se tomaron atribuciones fuera de los itinerarios establecidos para contactar a sus empleados con motivos de trabajo por la inmediata "disponibilidad" que ofrece una conexión a Internet. 

Home Office se volvió una opción para trabajadores de todo el mundo tras la pandemia por COVID. Foto: Especial

¿Tus jefes te pueden contactar fuera de tu jornada laboral?

Al respecto, con el objetivo de procurar la salud mental, física y emocional de la clase trabajadora, el Senado de la República aprobó, en abril de 2021, el derecho a la desconexión digital para estipular un balance entre la vida personal y profesional de los trabajadores mexicanos, asegurando el respeto de su tiempo de descanso, permisos, vacaciones, así como su intimidad fuera del horario laboral establecido.

En aquel entonces, Ricardo Monreal destacó la importancia del derecho a la desconexión al señalar que presionar a los trabajadores para que respondan a comunicaciones laborales —como correos, mensajes y llamadas fuera de su horario equivale a trabajo no remunerado y constituye una violación a los derechos humanos; además, la LFT ya establece restricciones en cuanto a las horas de trabajo en su artículo 68, detallando que los trabajadores no están obligados a laborar por más tiempo. Como el artículo 330-E fracción VI, los empleadores tienen la responsabilidad de proporcionar el equipo necesario y cumplir con las normativas de salud y seguridad. En ese sentido, se les exige respetar el derecho a la desconexión de los trabajadores al término de su jornada laboral.

Empleados tienen derecho a la desconexión digital tras finalizar su jornada laboral. Foto: Especial

¿Cómo se distribuyen las jornadas laborales?

Aunque la Ley Federal del Trabajo, indica que existen normas relacionadas con el horario de empleo de mexicanos, entre las que destacan que la persona trabajadora y el patrón determinarán la duración de la jornada de trabajo sin que pueda exceder los máximos legales, hay al menos tres tipos de jornadas laborales que se dividen de la siguiente manera:

  • Diurna: Entre las 18:00 y las 20:00 horas, es decir, ocho horas diarias
  • Nocturna: Entre las 20:00 horas y las 6:00 horas, así como un total de siete horas diarias
  • Mixta: Períodos de ambas jornadas con un tiempo máximo de hasta siete horas y media

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