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TEPJF deja firme designación de Amalia Pulido como presidenta del IEEM 

La instancia jurisdiccional falló en contra de Morena que había impugnado el nombramiento que el INE realizó el 30 de junio tras un tercer proceso elección 

NACIONAL

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TEPJF falló en contra de Morena.Créditos: Especial

El nombramiento de Amalia Pulido Gómez como consejera presidenta, por un periodo de siete años, quedó firme a mes y medio de su llegada al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM). 

La Sala Superior del Tribunal Electoral Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló en contra de Morena. El partido impugnó la designación al argumentar que carecía de los principios de imparcialidad y falta de experiencia en cargos electorales.
 
En el estudio calificó como inoperante el concepto de agravio relativo a que carecen de experiencia en materia electoral y el de idoneidad al cargo de titular al IEEM. Además, infundado que carezca de neutralidad e imparcialidad.
 
Los integrantes de la Sala Superior explicaron que Morena expuso un argumento genérico y subjetivo sin sustentarlo con elementos de prueba, aunque, resaltaron, que sí cuenta con la experiencia para el puesto.

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El 30 de junio Amalia Pulido Gómez fue nombrada por el INE. Foto: Especial

Además, referente a su vínculo matrimonial con un funcionario estatal, no es causa cierta y objetiva que no sea idónea. Y que es infundado sobre su falta de neutralidad e imparcialidad ante críticas emitidas en contra del Ejecutivo federal y a Morena como académica.

Titular del IEEM por 7 años

El 30 de junio Amalia Pulido Gómez fue nombrada por el Instituto Nacional Electoral (INE) como titular del IEEM, por un periodo de siete años, tras un tercer proceso de selección, de casi cinco meses, en el que participaron 44 mujeres.

El puesto estuvo vacante por un periodo de 18 meses y Pulido Gómez es la segunda mujer, vía designación, en ocupar el cargo de presidenta en el órgano electoral estatal y después de dos décadas de la primera.

En la impugnación, el partido de Morena pidió revocar el nombramiento o dejar vacante el cargo, al considerar que carece de los principios de imparcialidad, como falta de experiencia en cargos electorales.
 
Argumentó que el INE realizó una indebida aprobación al advertir vicios, como de apreciación sobre cumplimiento de requisitos.
 
Y justificó que en tiempo hizo valer que la designación de Pulido Gómez se encontraba cuestionada.

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