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Testamentos gratuitos CDMX: requisitos, trámites y todo lo que debes saber

El programa estará vigente del 1 de abril al 30 de diciembre de 2022, por lo que no hay pretexto para no acudir

NACIONAL

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Créditos: Archivo

La gratuidad de testamentos para personas mayores de 65 años residentes de la Ciudad de México inició en las Ferias del Bienestar

El gobierno capitalino publicó en la Gaceta Oficial la Resolución de Carácter General mediante la cual se exime del pago de los derechos, así como los aprovechamientos para las personas que otorguen su Testamento ante Notario de la Ciudad de México durante el Programa “Ferias para el Bienestar” durante el Ejercicio Fiscal 2022.

A partir del 1 de abril y hasta el 30 de diciembre de 2022, será vigente el otorgamiento de testamentos gratuito a personas mayores de 65 años de edad residentes en la Ciudad de México y que acudan a las “Ferias del Bienestar” —únicamente cuando el Notario ante quien se otorgó el testamento, acceda al Sistema Electrónico de Aviso de Testamento—. 

Para acceder al beneficio deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Ser ciudadano residente de la Ciudad de México, lo que se acreditará con su credencial de elector en la que aparezca como domicilio un inmueble en la capital; tener 65 años o más cumplidos a la fecha del otorgamiento del testamento; obtener su constancia de participación en el Programa denominado “Ferias para el Bienestar”; y otorgar su testamento ante Notario de la Ciudad de México. 

Las personas testadoras deberán de acudir a alguna de las “Ferias para el Bienestar” que se realizarán en las 16 alcaldías de la Ciudad de México; acreditarse ante el personal de la Dirección General de Regularización Territorial del Gobierno de la Ciudad de México, quienes se encargarán de verificar el cumplimiento de los requisitos y otorgarán la constancia de participación correspondiente, misma que será entregada al Notario que se le haya asignado.

El Colegio de Notarios de la Ciudad de México designará, entre sus agremiados, un grupo de notarios ante quienes podrán acudir las personas testadoras señaladas anteriormente.

 Los testamentos sólo podrán contener la designación de herederos universales, albacea, tutor y curador, con sus correspondientes sustitutos. 

Quedan excluidas de la condonación del pago las personas que otorguen testamento en el que se instituya algún legado, así como designaciones o disposiciones de cualquier otra naturaleza.

Las “Ferias del Bienestar” en la Ciudad de México se reanudarán después del 10 de abril de este año y en ellas, también se ofrecerán servicios gratuitos de Notarías, seguridad ciudadana, atención en módulos de Bienestar, Tesorería y Registro Civil, entre otros.

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