HUATULCO

Fonatur recuperó predios en Bahías de Huatulco a una tercera parte de su valor actual

Con ello, evitó un litigio de cuando menos 4 años con ASUR

NACIONAL

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A partir de marzo de 2013 ASUR ya no tenía ninguna obligación para construir ni desarrollar en los terrenos adquiridos a Fonatur Créditos: Especial

En el año 2009 ASUR adquirió los terrenos identificados como lotes 1 y 2 en la Bahía del Órgano de Bahías de Huatulco. 

En el contrato celebrado con Fonatur se estableció la obligación de presentar proyecto arquitectónico para autorización del Fondo, así como fechas para el inicio y terminación de obra del proyecto turístico a desarrollarlo.

En 2013, la Subdirección de Seguimiento Contractual de Fonatur emitió el oficio SSC/SDR/043/2013 en el cual le quitaron a ASUR las obligaciones de Presentación de Proyecto Arquitectónico, Inicio de Obra y Terminación de Obra y las penas convencionales.

A partir de marzo de 2013 ASUR ya no tenía ninguna obligación para construir ni desarrollar en los terrenos adquiridos a Fonatur ni se le podían cobrar penas convencionales.

Durante 2020, en una revisión del cumplimiento de ejecución de obras en el Centro Integralmente Planeado de Bahías de Huatulco se detectó que única bahía y macro lote sin ningún desarrollo ni construcción era el adquirido por ASUR.

Se analizó el expediente de la compraventa y se encontró lo siguiente:

  • La compraventa se pactó en 2009 con obligación de presentar proyecto arquitectónico, fecha de inicio y terminación de obra.
  • En el año 2013 la Subdirección de Seguimiento Contractual eliminó dichas obligaciones, conforme al Manual de Administración y a las facultades en ese momento tenía facultades para eliminar dichas obligaciones.
  • ASUR tenía en posesión y propiedad terrenos estratégicos para el desarrollo del Centro Integralmente Planeado que aumentaban su valor con las inversiones que hace Fonatur, sin que ASUR estuviera obligado a construir o desarrollar.

Se solicitó al INDAABIN el avaluó de los predios y resultó en más de 700 millones de pesos.

Las opciones legales de Fonatur eran las siguientes:

  • Intentar cobrar penas convencionales que en 2013 el propio Fonatur le había quitado a ASUR e iniciar un juicio de cuando menos 4 años considerando que la compraventa era de fecha 2009 y se podría considerar prescrito el derecho de Fonatur a demandar.
  • Rescindir el contrato y recuperar los terrenos al valor pagado en 2009, cuando los terrenos ya aumentaron su valor en un 300%.

Se notificó a ASUR la rescisión y se celebró un Convenio Transaccional para recuperar los terrenos a precio de 2009, sin juicio y Fonatur adquirió una reserva territorial con valor de 286 millones que en 2020 el INDAABIN valuó en más de 700 millones, que ahora forman parte del patrimonio de Fonatur.

Se evitó un juicio muy riesgoso para Fonatur que en caso de ganarse hubiera representado aproximadamente 60 millones de penas convencionales, en un plazo o menor a 4 años. 

Se obtuvo una reserva territorial comercial con valor de más de 700 millones por una tercera parte de su valor.

dhfm

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