COLIMA

Congreso de Colima tipifica como delito hacer y colocar "narcomantas"

La reforma establece penas de 2 a 6 años de prisión a quien elabore, imprima o fabrique dichos mensajes e incluye como nuevo delito el “halconeo”

NACIONAL

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Congreso de Colima tipifica como delito hacer y colocar "narcomantas"Créditos: Especial

Esta tarde, el Congreso de Colima aprobó reformas al Código Penal del Estado, con el fin de tipificar como delito las amenazas mediante la colocación de mantas, cartulinas, lonas de cartón o cualquier medio físico.

Con 24 votos a favor, los diputados de la 56 Legislatura aprobaron la iniciativa, presentada por la gobernadora Indira Vizcaino Silva.

Entre las reformas se contempla modificar el artículo 128. Ter, que establece que cuando las amenazas se realicen públicamente, mediante la colocación de mantas, cartulinas, lonas, cartón o por cualquier medio físico o electrónico se le impondrán de dos a seis años de prisión, y multa por un importe equivalente de cuarenta a ciento veinte unidades de medida y actualización.

Igual sanción tendrá quien elabore, imprima, fabrique, proporcione, posea, desplace, traslade, aplique o coloque cualquier objeto que contenga expresiones o mensajes de amenazas en lugares públicos.

Las sanciones también aplican a quien vigile, rastree, obtenga o proporcione información o realice actos tendientes a comunicar, de manera injustificada, sobre las actividades oficiales de recorridos, traslados, operativos, estrategias y logística, que realicen o pretendan realizar los servidores públicos de las instituciones de seguridad pública, conocida comúnmente como “halconeo”.

En los 48 días de violencia que ha registrado Colima desde el pasado 7 de febrero, además de homicidios, heridos por armas de fuego, secuestro, balaceras, incendios provocados y bloqueos, se han colocado una gran cantidad de mantas amenazantes, muchas de ellas dejadas en escuelas o en las inmediaciones de las mismas.

Otras modificaciones al Código Penal incluye actualiza también el tipo penal al Delito de Allanamiento, para ahora considerarse como este, a quien permanezca o se introduzca en algún establecimiento, comercios, lugares deshabitados, lugar privado sea móvil o fijo, o espacio público o privado, sin el consentimiento de la persona autorizada para darlo, empleando engaño o sin causa justificada o se encuentre cerrado.

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