MOVILIDAD EN LA CDMX

Congreso busca que mujeres embarazadas y niños viajen GRATIS en transporte público

El diputado morenista Alberto Martínez propuso la iniciativa para garantizar los derechos y libertades de dicho sector de la población

NACIONAL

·
Se busca que las mujeres embarazadas y los menores de 6 años viajen gratis en el transporte público de la CDMX.Créditos: Twitter @GobCDMX

Las mujeres embarazadas, así como las niñas y los niños podrían viajar totalmente gratis en el transporte público de la Ciudad de México, esto debido a una propuesta realizada por los legisladores del Congreso de la CDMX que busca implementar la iniciativa.

A través de su cuenta de Twitter, el Canal del Congreso dio a conocer la propuesta que realizó el diputado morenista Alberto Martínez Urincho en noviembre de 2021. El objetivo de que las mujeres embarazadas y los niños dejen de pagar el pasaje en el transporte público, es para garantizar el derecho a la movilidad.

Asimismo, se busca que las unidades de transporte sean adaptados a las necesidades de dicho sector de la población, resaltaron los legisladores durante la sesión en el Congreso, que además resaltaron reformar la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en la capital del país.

¿En qué consiste la ley que exime el pasaje a mujeres y niños?

El Congreso TV informó que la iniciativa propone exentar el pago del pasaje a los niños menores de 6 años de edad, así como a las mujeres embarazadas. 

Con ello, se garantizaría el derecho a la movilidad del grupo que es considerado de atención prioritaria .“Durante muchos años ha sido discriminado, excluido y violentado, y que aún hoy enfrentan grandes obstáculos para disfrutar de sus derechos y libertades”, destacó en su momento Martínez Urincho.

¿Se puede negar dar el servicio a los pasajeros en el transporte público?

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, existen causas justificadas para negar el servicio del transporte público a los usuarios que infrinjan estos casos, según el artículo 227.

  • Se encuentre notoriamente bajo el efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos
  • Porte bultos, materiales inflamables o animales que puedan, de forma manifiesta, causar molestia o representen un riesgo para los demás usuarios o ensuciar, deteriorar o causar daños al vehículo, con excepción de perros de asistencia
  • Ejecute o haga ejecutar a bordo de los vehículos actos que atenten contra la seguridad e integridad de los demás usuarios; o bien alteraciones evidentes de la conducta
  • De manera evidente se perciban alteraciones de la conducta que puedan poner en riesgo la seguridad de los demás usuarios;
  • Solicite el servicio en lugares distintos a los autorizados por la Secretaría
  • Se solicite transportar un número de personas y equipaje superior a la capacidad autorizada para el vehículo
  • El medio de transporte se encuentre dando servicio a su máxima capacidad y el ascenso de más pasajeros, propicie un posible accidente.
  • En general, cuando pretenda que el servicio se otorgue contraviniendo las disposiciones legales o reglamentarias. 

SIGUE LEYENDO:

Chilangos pierden 600 millones de horas en el transporte público de la CDMX

CDMX: Transporte concesionado ya acepta tarjeta de MI para pagar el servicio

RMG