El Pleno del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) revocó parcialmente el Decreto emitido por el Congreso de la Ciudad de México (Congreso) por el que se reforman, adicionan, modifican y derogan diversos artículos del Código Electoral de esta Ciudad, publicado el 2 de junio de 2022, así como el acuerdo 42/2022 emitido por el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), por el que se aprueban las Acciones Generales para llevar a cabo el Proceso de Transición, en cumplimiento al artículo Cuarto Transitorio del Decreto antes referido.
Lo anterior, pues, entre otros aspectos, el Congreso no justificó cómo a través de la eliminación de la Comisión y Unidad de Género y la distribución de las facultades de ambas en cinco diversas áreas, se optimizaría el funcionamiento del Instituto Electoral en materia de protección de Derechos Humanos y Género en la vida político-electoral de la Ciudad de México.
En otro juicio, las magistraturas determinaron que el Congreso de la Ciudad de México ha sido omiso en legislar de manera efectiva en materia de derechos políticos de las personas con discapacidad, toda vez que ni en la Constitución ni en las leyes electorales se prevén medidas para garantizar que las personas con discapacidad ejerzan sus derechos político-electorales, con el objetivo de hacer realidad la igualdad material y, por tanto, eliminar cualquier situación de invisibilidad, injusticia, desventaja o discriminación.
Lanzarán convocatoria para Asamblea Comunitaria en San Lucas Xochimanca
También confirmaron el acuerdo de inicio del Procedimiento Ordinario Sancionador en contra del Partido Verde Ecologista de México de 24 de octubre del presente año emitido por la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas del IECM en el expediente 034 de 2022, pues el inicio de dicho procedimiento no le causa algún perjuicio en su esfera jurídica, ya que no constituye un acto mediante el cual se supere la presunción de inocencia que prevalece a su favor, ni mucho menos que prejuzgue sobre su culpabilidad.
Al resolver otro juicio, el Pleno revocó el oficio 598 de 2022, emitido por el Encargado del Despacho de la Secretaría Ejecutiva del IECM para que, una vez concluidos los trabajos de actualización del Marco Geográfico 2022, dicho instituto dé una respuesta a la parte actora con perspectiva de interculturalidad en la que se le indique si los lugares en los que se autoadscriben tienen reconocida la calidad de pueblos y barrios originarios para efectos de ejercer sus derechos político-electorales y de participación ciudadana.
Finalmente, las magistraturas ordenaron al patronato saliente del Pueblo de San Lucas Xochimanca, en Xochimilco, lanzar una convocatoria para llevar a cabo una Asamblea Comunitaria para la elección del Nuevo Patronato del Panteón, toda vez que se suscitaron diversas irregularidades en el proceso.
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