SACERDOTES

Alistan sanción contra sacerdotes por propaganda electoral prohibida

Se trata de Carlos Aguiar Retes, Juan Sandoval Íñiguez y Mario Ángel Flores

NACIONAL

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DECISIÓN. El TEPJF determinó que violaron la legislación, por lo que Segob debe actuar. Foto: CuartoscuroCréditos: Cuartoscuro

La Secretaría de Gobernación podría aplicar la sanción número 25 en la historia del país a tres sacerdotes que hicieron propaganda electoral prohibida contra Morena en el proceso electoral de 2021.

Se trata de el arzobispo primado de México, Carlos Aguiar; al cardenal Juan Sandoval Íñiguez y al párroco Mario Ángel Flores Ramos, quienes —según el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación– incurrieron en propaganda electoral ilegal y violación del principio de separación Iglesia-Estado.

Desde 2003 que se avaló una reforma electoral para sancionar la propaganda electoral prohibida, suman 22 ministros de culto sancionados por la Secretaría de Gobernación. Algunos sólo fueron apercibidos, mientras que otros recibieron multas de hasta 3.4 millones de pesos por haber realizado propaganda a favor de candidatos. 

De acuerdo con la respuesta a una solicitud de información de El Heraldo de México a la Segob, sólo tres asociaciones religiosas fueron sancionadas con la cancelación de su registro desde 2003. 

La Iglesia Católica Tradicional Méx-USA, Misioneros del Sagrado Corazón y San Felipe de Jesús; la Iglesia Cristiana Restaurada; y la Prelatura de Cristo Sumo y Eterno Sacerdote, Clero Diocesano, son las tres asociaciones a los que le cancelaron su registro. 

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en su artículo 32, precisa que a los infractores de la ley se les podrá imponer una o varias sanciones, dependiendo de la valoración que realice la autoridad. Estas van desde un apercibimiento hasta multas económicas, la clausura temporal o definitiva de un local destinado al culto público y la suspensión temporal de derechos de la asociación religiosa en el territorio nacional o en un Estado, municipio o localidad.

La máxima sanción es la cancelación del registro de asociación religiosa. 

Según la Ley, la imposición de dichas penalizaciones será competencia de la Secretaría de Gobernación.

CAR