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SCJN regresa facultades al titular del IFT para designar y remover a altos funcionarios

Invalida una reforma que impedía al órgano nombrar a los altos funcionarios

NACIONAL

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VOTO. El Pleno de la Corte resolvió a favor del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Foto: EspecialCréditos: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma al estatuto del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que impide al presidente del órgano autónomo nombrar a altos funcionarios.

El máximo tribunal determinó que esa modificación, realizada en 2020, viola la división de poderes y el principio de supremacía jerárquica de la ley, pues establece que el Pleno del instituto designa directamente a ciertos servidores públicos sin contar con una propuesta previa del comisionado presidente.

Los integrantes de la SCJN señalaron que, aunque la Constitución da facultades regulatorias al IFT, entre éstas emitir su propio estatuto orgánico, esas atribuciones están subordinadas en todo momento a lo que diga la ley.

“Si bien el Pleno del IFT puede designar y remover a los servidores públicos del Instituto que establece la ley y el estatuto, esto no debe realizarse de manera directa, sino que previamente debe existir una propuesta del comisionado presidente”, resolvió la Corte.

La resolución derivó de una controversia constitucional que presentó el Senado de la República en contra del segundo punto del acuerdo por el que el Pleno del IFT modificó su estatuto y que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de octubre de 2020.

CAR