ACALDÍA CUAUHTÉMOC

Ratificación de mi triunfo deja claro que actúe conforme a la ley: Sandra Cuevas

La alcaldesa electa en Cuauhtémoc se comprometió a trabajar por la población en esta demarcación

NACIONAL

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Sandra Cuevas habla sobre la ratificación de su triunfo (Foto: Cuartoscuro)Créditos: Cuartoscuro

Sandra Cuevas, alcaldesa electa en Cuauhtémoc, aseguró que su ratificación por parte del Tribunal Electoral de la Ciudad de México dejó en claro que siempre actuó conforme a la ley.

Por ello, se comprometió a trabajar por la población en esta demarcación, generar empleo, incentivar a empresarios e impulsar mercados públicos.

En mensaje a medios, puntualizó que transformará la Cuauhtémoc con el apoyo de la población, de empresarios y trabajadores para convertirla en la mejor alcaldía de la Ciudad de México.

“Hoy más que nunca estamos firmes y fuertes para lograr hacer, en 18 meses, de la Cuauhtémoc, la mejor alcaldía de la Ciudad de México”, remarcó.

Ratificó su agradecimiento a las autoridades electorales por actuar conforme a derecho y haber desechado las acusaciones presentadas por una ex candidata por no acreditar con pruebas fehacientes sus acusaciones.

Resultó infundada la acusación de irregularidades en casilla y sólo se encontró en una sola casilla irregularidades. Con respecto al tope de gasto de campaña, sólo los rebasó en un 0.56 por ciento, lo que declaró infundada su denuncia.

Lo relacionado con el uso indebido de recursos ilícitos en campaña, el pleno determinó que son inoperantes pues la sola mención de que la candidata electa era Presidenta de la Fundación “Por un México Bonito” no implica desvió de recursos a su campaña. 

Además, la parte actora no ofreció ni aportó ningún elemento de prueba para acreditarlo, ni algún documento que acredite su dicho aun cuando la autoridad la solicitó y éstas no fueron entregadas.

Respecto a la compra de votos por parte de la Líder de ambulantes, Alejandra Barrios Richard, el agravio fue infundado. Lo anterior, explicaron en sesión pública, porque las fotografías y videos ofrecidos no tienen el alcance probatorio de los hechos y en dichas imágenes es imposible obtener las circunstancias de modo, tiempo y lugar.