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Aprueba Congreso de Culiacán retiro de magistrado; será secretario con gobernador electo

El artículo 95 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, establece que los Magistrados del STJES, se retirarán de sus cargos de forma forzosa o voluntaria

NACIONAL

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Enrique Inzunza Cázarez, Magistrado Propietario.Créditos: Foto: Especial

La Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso del Estado, que preside el diputado Horacio Lora Oliva, aprobó el dictamen del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, el cual se declara procedente el retiro voluntario de Enrique Inzunza Cázarez, Magistrado Propietario, así como el otorgamiento de su pensión económica correspondiente.

De la pensión no especificó el Congreso del Estado pero el sueldo que percibía Inzunza Cázares como magistrado presidente es de cerca de cien mil pesos mensuales 

Inzunza Cázarez  solicitó su retiro como magistrado en el Supremo Tribunal de Justicia donde se desempeñaba como presidente del organismo pues ya el gobernador electo, Ruben Rocha Moya anunció que ocupará al secretaría general de Gobierno.

El dictamen del Pleno del STJES fue aprobado de forma unánime por los diputados y diputadas, Horacio Lora Oliva, Ana Cecilia Moreno Romero, Édgar Augusto González Zatarain, Graciela Domínguez Nava y Flora Isela Miranda Leal, presidente, secretaria y vocales, respectivamente, de la Comisión.

A la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, le fue turnado para su análisis dictamen que resuelve el retiro voluntario del Magistrado III Propietario, Enrique Inzunza Cázarez, emitido por el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, además en la  sesión pública virtual, también se declara la vacante de Magistrado III Propietario, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

De conformidad con lo dispuesto por el párrafo último del artículo 95 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, el Congreso o la Diputación Permanente tienen la facultad de aprobar el dictamen formulado por el Pleno del STJES, en los casos de retiro forzoso o voluntario de sus Magistrados.

El artículo 95 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, establece que los Magistrados del STJES, se retirarán de sus cargos de forma forzosa o voluntaria.

En relación con la segunda modalidad, la fracción IV del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, prevé como supuesto de procedencia: Tener más de cinco años de servicio efectivo como Magistrado, si además ha desempeñado cargos en el Gobierno Estatal en cualesquiera de sus ramas para totalizar un mínimo de veinte años.

La certificación emitida por el Oficial Mayor del Supremo Tribunal de Justicia, acredita que el Magistrado solicitante, cuenta con una antigüedad efectiva de veintidós años, nueve meses y diez días, al servicio del Poder Judicial del Estado, de los cuales, doce años, nueve meses y diez días corresponden al ejercicio del cargo de Magistrado.

El dictamen sobre el retiro voluntario del Magistrado Enrique Inzunza Cázarez, que resolvió procedente el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, reúne los elementos constitucionales y legales correspondientes

Por: Ángeles Moreno

mgm