PENSIÓN

Secretaría de Bienestar: Conoce las nuevas reglas, monto y requisitos para la Pensión para Adultos Mayores

Ya no será problema si las personas no cuentan con algún documento, ya sea por extravío y otra razón, pues la Secretaría de bienestar dio una alternativa

NACIONAL

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Los lineamientos fueron publicados en el DOF. Foto: Archivo | CuartoscuroCréditos: Cuartoscuro

Hay buenas noticias para los adultos mayores, pues ya se oficializó el incrementó al monto de apoyo para las personas de 65 años de edad. Fue así como la Secretaría de Bienestar asentó las nuevas reglas en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

De acuerdo con el documento el total de la pensión será de mil 550 pesos mensuales que se pagarán de manera bimestral de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación autorizado para el ejercicio fiscal 2021. Esto para todas las personas adultas mexicanas por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en México.

El objetivo es que todas las personas adultas mayores de 65 años o más de edad, mexicanas por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en la República Mexicana. En cuanto al apoyo de pago de marcha por única ocasión es ayudar al adulto auxiliar de la persona adulta mayor fallecida, perteneciente al Padrón de Personas Derechohabientes.

¿Cuáles son los requisitos para tramitarla?

1. Acta de Nacimiento.
2. Documento de Identificación vigente:

- Credencial para votar.

- En caso de no contar con este documento, puede presentar pasaporte vigente o credencial del Instituto Nacional de las Personas        Adultas Mayores (INAPAM), u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
  A falta de identificación del solicitante, identificación oficial de la persona adulta auxiliar de la persona adulta mayor.
3. Clave Única de Registro de Población (CURP).
4. Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
5. Formato Único de Bienestar debidamente llenado.

Personas Adultas Auxiliares

1. Documento de Identificación vigente:

- Credencial para votar.

- En caso de no contar con este documento, puede presentar pasaporte vigente o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
A falta de identificación del solicitante, identificación oficial de la persona adulta auxiliar de la persona adulta mayor.
2. Clave Única de Registro de Población (CURP).
3. Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
4. Documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor, de acuerdo con lo establecido en el Formato Único de Bienestar.

¿Qué pasará si las personas no cuentan con alguno de los documentos?

En caso de que la persona interesada en tramitar la Pensión para Adultos Mayores no cuente con alguno de los documentos señalados con antelación, se estableció que deberán señalar por escrito cual es el documento faltante y el motivo por el que no se cuenta con éste, incluyendo en el escrito los datos personales que deberían aparecer.

El papel deberá ser firmado bajo protesta de decir verdad y ante dos testigos, quienes deberán indicar su domicilio particular y de contar con ella, una copia de su identificación oficial.

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