BENJAMÍN HUERTA

Penas de hasta 24 y 12 años de prisión enfrentarían Huerta y Toledo en caso de que se apruebe su desafuero

El abogado penalista Gabriel Regino, aclaró que ambos casos ameritan sanción preventiva oficiosa, toda vez son considerados graves

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El artículo 175 del citado ordenamiento, castiga el delito de violación hasta con 17 años de prisión Foto: Cuartoscuro

Los legisladores federales Benjamín Saúl Huerta Corona y Mauricio Toledo podrían alcanzar penas de hasta 24 y 12 años de cárcel, respectivamente, en ambos casos aplica la prisión preventiva oficiosa, de ratificarse  su desafuero por el pleno de la Cámara de Diputados en un periodo extraordinario de sesiones que aún no se concreta 

De acuerdo al Código Penal Federal de la Ciudad de México, ordenamiento bajo el que eventualmente deberán ser sancionados ambos legisladores, establece, en el caso del ex integrante de la fracción parlamentaria de Morena, acusado de violación equiparada agravada en contra de un menor de 15 años de edad, una pena máxima de 24 años de prisión.

El artículo 175 del citado ordenamiento, castiga el delito de violación hasta con 17 años de prisión, en tanto, el articulo 178 señala que la pena aumentará hasta en dos terceras partes cuando sea cometido por la persona que tenga a la víctima bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza en ella depositada.

En entrevista para El Heraldo de México, el abogado penalista Gabriel Regino, aclaró que ambos casos ameritan sanción preventiva oficiosa, toda vez son considerados graves. 

“La pena mínima son seis años, máxima 17 años, pero en el caso del señor (Benjamín) Huerta, el artículo 175 señala que, de ejercerse violencia física o moral, que es algo probable en el caso concreto, las penas podrían oscilar entre los ocho, 20 y 22 años de prisión, aquí el máximo de la pena que se le podría imponer es de 24 años”, señaló el penalista.

En el caso de Mauricio Toledo, acusado de enriquecimiento ilícito por más de 11 millones de pesos, el artículo 275 del ordenamiento referido establece en principio el decomiso en beneficio de la Ciudad de México de los bienes que no sea acreditado, fueron adquiridos lícitamente

Además, cuando el monto del enriquecimiento exceda por 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) equivalente a 448 mil pesos, se establecerán de 2 a 12 años de prisión y hasta 12 años de inhabilitación en el servicio público, por tratarse de un delito en materia de corrupción también amerita prisión preventiva oficiosa

Entre las pruebas que constan en la carpeta de investigación entregada por la fiscalía capitalina están la percepción de 20 millones de pesos en un periodo de seis años, lo que exceden en 11 millones 400 mil pesos lo reportado por Toledo en su declaración patrimonial

“La persona que sea señalada por este hecho (enriquecimiento ilícito) no puede enfrentar el proceso en libertad tiene que estar en todas las etapas del proceso, privado de la libertad. La pena a la que pueda ser acreedor este personaje (Mauricio Toledo), es de dos a 12 años de prisión”, señaló Regino.

Advirtió, que acuerdo a la Ley Nacional de Ejecución de Sentencias, Toledo podría obtener en beneficio preliberacional, “es decir, no necesariamente compurgar la pena en prisión”.

Toledo ganó la reelección consecutiva en los comicios del 6 de junio pasado, por el Distrito 5 en San Martín Texmelucan, Puebla

Por: Elia Castillo

dhfm