QUINTANA ROO

Gran paso al ampliar el catálogo de delitos graves para prisión preventiva oficiosa: Marybel Villegas

La Senadora de Quintana Roo resaltó los cambios que reforman el Artículo 19 de la Constitución

NACIONAL

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Marybel Villegas, senadora de Quintana Roo.Foto: Especial Créditos: Foto: Especial

El pasado 19 de febrero del 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación diversas modificaciones de ley, relativas a la reforma del artículo 19 constitucional, de abril de 2019, a fin de establecer y materializar la ampliación del catálogo de delitos graves para prisión preventiva oficiosa

La Senadora por el estado de Quintana Roo, Marybel Villegas Canché, resaltó que con estos cambios se da cumplimiento al mandato contenido en el segundo transitorio del decreto que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2019. Además, se armonizan las leyes secundarias para aplicar plenamente esta medida cautelar y evitar malinterpretaciones en la impartición de justicia.

La legisladora manifestó que, con ello, “ahora se establecen de manera específica cada una de las conductas delictivas como: abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, mismos que fueron incorporados al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales” -que ameritan prisión preventiva oficiosa- puntualizó. 

La senadora señaló enérgicamente, que esta reforma “se trabajó arduamente desde el legislativo a fin de garantizar el ejercicio de los derechos electorales en la actual contienda y por primera vez se sancionará con prisión preventiva oficiosa el desvío de recursos para los procesos electorales”, subrayó.

Marybel recordó que esta reforma tuvo su origen el pasado julio de 2020 en el Senado de la República y fue impulsada por parte del grupo parlamentario Movimiento Regeneración Nacional, con el objeto de establecer la legislación secundaria relacionada con la modificación al artículo 19 de la Constitución Política, que amplía el catálogo de los delitos graves a los que se les aplicará esa figura jurídica.

Finalmente, la legisladora mencionó que dicho decreto reforma y adiciona el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales; asimismo se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, del Código Penal Federal, de la Ley General de Salud, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

El decreto fue publicado en el DOF: 19/02/2021 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5611905

 

DRV