REGRESO A CLASES SEP

Regreso a clases SEP: Anuncian REQUISITOS para reapertura de escuelas ESTADO por ESTADO

Se dieron a conocer las medidas y requisitos que se deben de seguir para la reapertura

NACIONAL

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Esteban Moctezuma. Foto: CuartoscuroCréditos: Cuartoscuro

El regreso a clases presenciales es algo que tiene contemplado la Secretaría de Educación Pública (SEP), pero debido a la pandemia por Covid-19 que se vive actualmente en México se tienen muchas reservas al respecto y muchos filtros que se deben cumplir para garantizar la salud de los niños, que sin duda es lo más importante.

Es por ello que la SEP dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación un acuerdo en el que se habla sobre cómo van a ser las condiciones y cuáles van a ser los requerimientos para todas las escuelas que conforme puedan, de acuerdo al semáforo que exista en sus respectivos estados, se reintegren a las clases presenciales.

Para la reapertura de clases, el elemento principal cómo se mencionó es el semáforo epidemiológico que exista en cada estado, pero si ha quedado aclarado que incluso aunque estuviese en verde, el regreso no se va a dar de manera rápida.

La organización de la Secretaría de Educación Pública señaló en el acuerdo que el regreso a clases presencial va a ser de manera gradual y con un orden que se va a ir definiendo conforme se pueda realizar esta actividad.

Estos son los puntos que señala el Diario Oficial de la Federación sobre el regreso a clases

I. La recolección de evidencia fotográfica o digital del inmueble en la que se observen detalladamente las instalaciones e instalaciones especiales durante la visita del fedatario público al domicilio señalado para la prestación del servicio educativo, la cual deberá sustentar el estado en que se encuentran, según corresponda, dichas instalaciones.

II. La inserción en el instrumento notarial de la evidencia fotográfica o digital a color, clara y enfocada (con tomas abiertas y de interiores que incluyan personas, a modo de identificar percepciones de distancia) de la totalidad del inmueble objeto de verificación que permita apreciar con suficiente claridad que las instalaciones e instalaciones especiales, incluyendo áreas comunes, de servicios y de circulación, acondicionadas y equipadas, son óptimas para su funcionamiento y, por ende, para la impartición del plan y programa de estudio objeto de solicitud de reconocimiento de validez oficial de estudios (RVOE).

III. La descripción del equipo con la que fue tomada la evidencia fotográfica o digital, nombre de la persona que la recabó, quien deberá corresponder al representante legal o apoderado legal acreditado, de tal forma que en el instrumento notarial se deje constancia de la existencia y congruencia con lo que manifieste en sus diversas documentales presentadas.

Todo esto con la finalidad de que las escuelas cumplan con todos estos requisitos y puedan dar total seguridad a los profesores y alumnos de tener sus clases presenciales sin que puedan arriesgarse a un contagio de coronavirus.

hgm