REVOCACIÓN DE MANDATO

TEPJF evita suspensión de la revocación de mandato y ordena más presupuesto al INE

Aunado a ello, el órgano ordenó al SHCP dar recursos al INE para realizar el ejercicio

NACIONAL

·
La aprobación fue por unanimidad de votos.Créditos: CUARTOSCURO

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que posponía temporalmente la revocación de mandato y ordenó al órgano electoral hacer las adecuaciones presupuestales necesarias para la organización de la consulta y en su caso solicitar una ampliación a la Secretaría de Hacienda, quien deberá de responder a la brevedad la solicitud.

Por unanimidad de votos, anoche en sesión pública el pleno de la Sala Superior del TEPJF determinó que el instituto explore otras alternativas de gestión presupuestal para llevar a cabo el proceso de revocación de mandato y garantizar la participación ciudadana.

Lo anterior, luego de que el pasado 17 de diciembre, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo por el que, derivada de la reducción al presupuesto que solicitó a la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2022, determinó posponer temporalmente la realización del proceso de revocación de mandato. 

En tanto, a fin de impugnar esta decisión, el presidente Andrés Manuel López Obrador, Morena y del Trabajo (PT), adicionalmente diversos  ciudadanos presentaron varios juicios y recursos de apelación ante la Sala Superior del TEPJF.

Sin embargo, de acuerdo al proyecto  presentado por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, la Sala Superior determinó, por mayoría de votos, que el mandatario no cuenta con legitimación activa que lo faculte para cuestionar el acuerdo del INE, por lo que resolvió desechar la demanda.

Señaló que el presidente no participó como autoridad responsable ni demostró en su demanda alguna supuesta afectación en detrimento de sus intereses, derechos o atribuciones. Al respecto, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso anunció un voto concurrente al no haber estado de acuerdo con este desechamiento.

Respecto del recurso de apelación presentado por Morena y PT, determinó que el Consejo General del INE no tiene atribuciones ni causa justificada para posponer o interrumpir el proceso de revocación de mandato, considerando la etapa en que se encuentra y la existencia de mecanismos para solventar una posible insuficiencia presupuestal.

Por ello, el fallo establece la obligación del INE de realizar ajustes presupuestales para continuar con el proceso de revocación de mandato para lo que deberá atender a la disponibilidad presupuestaria actual o subsecuente y, en su caso, realizar los ajustes necesarios. 

En este sentido, el pleno de la Sala Superior consideró que, contrario a lo argumentado por el INE, la insuficiencia presupuestaria alegada no es argumento para ser considerado como un acto de fuerza mayor que le permita el incumplimiento de sus obligaciones.

Por ello, deberá realizar todos los esfuerzos posibles para hacerse de recursos, a través de ajustes a su presupuesto o, en su caso, de la solicitud de la ampliación presupuestaria correspondiente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El TEPJF vinculó a la Secretaría de Hacienda  para que, en caso de que el INE haga una solicitud de ampliación presupuestal, dé respuesta a la brevedad de manera fundada y siga el procedimiento respectivo.

alg

Sigue leyendo

Frente Frío 17: Estos son los estados que tendrán rachas de viento, intensas heladas y fuertes lluvias

Colima recibe 201 mdp en derrama económica en 10 días de vacaciones

Ricardo Monreal aseguró que llegará la justicia al caso de José Manuel del Río