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Senadores de oposición promueven acción de inconstitucionalidad contra decretazo

La demanda fue presentada por 33 por ciento de legisladores del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano ante el máximo tribunal

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En los próximos días, la Comisión de Receso de la Corte determinará si admite o no a trámite la acción de inconstitucionalidad Foto: Cuartoscuro

Senadores de oposición promovieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador que permite reservar la información de obras prioritarias del gobierno al clasificarlas como de seguridad nacional e interés público.

La demanda fue presentada por 33 por ciento de legisladores del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano ante el máximo tribunal.

En los próximos días, la Comisión de Receso de la Corte determinará si admite o no a trámite la acción de inconstitucionalidad que se suma a la que presentó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) contra el documento presidencial publicado el pasado 22 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación.

El acuerdo del Ejecutivo declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del gobierno asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos y aquellos que se consideren prioritarios o estratégicos para el desarrollo nacional.

En días pasados, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá frenó parcialmente el acuerdo presidencial, pues consideró que la clasificación de las obras y proyectos del gobierno federal como de interés público y seguridad nacional puede tener como consecuencia una restricción en el acceso a la información y en el ámbito de atribuciones constitucionales del INAI como su responsabilidad de garantizar a la ciudadanía el ejercicio de ese derecho. 

Foto: Cuartoscuro

Según el integrante de la Corte, al darle la clasificación de seguridad nacional a las obras, la información relacionada con estas también se considera de esa manera y puede permanecer reservada sin que se realice un procedimiento ordinario, es decir, con base en la ley sobre transparencia para que realmente se analice si se causa un daño al difundir los datos.

“Al considerar como de seguridad nacional los proyectos y obras del Gobierno federal, entonces la información relacionada con los mismos se le puede considerar de la misma manera y, en consecuencia, estar reservada sin cumplir el principio de legalidad (que sea una ley la que determine qué información es reservada ni que por un acuerdo general se pueda clasificar), sin seguir el procedimiento ordinario, es decir, analizar si dicha información cumple con los supuestos para actualizar la hipótesis respectiva, así como realizar la prueba de daño”, indicó el ministro.

dhfm

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