COVID-19

CDMX reanuda trámites para colocar publicidad exterior

Este martes será reabierta la ventanilla de publicidad exterior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda

NACIONAL

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La recepción de solicitudes se recibirán única y exclusivamente por la ventanilla de publicidad exterior, pero habrá que hacer una cita previo a través de correo electrónico. Foto: Cuartoscuro

Tras la suspensión de trámites en oficinas de gobierno por la pandemia, este martes será reabierta la ventanilla de publicidad exterior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

En la Gaceta Oficial fue publicado el procedimiento para recepción de solicitudes de trámites.

Se podrán solicitar licencias para anuncios denominativos instalados en inmuebles ubicados en vías primarias; áreas de conservación patrimonial y demás elementos del patrimonio cultural urbano y en suelo de conservación.

También se reactiva el trámite para la autorización temporal de anuncios en tapiales en vías primarias; tapiales de inmuebles ubicados en áreas de conservación patrimonial y demás elementos del patrimonio cultural urbano.

Además se reanuda la petición de licencia de anuncio de propaganda comercial o adosado a muro ciego en un corredor publicitario.

La recepción de solicitudes se recibirán única y exclusivamente por la ventanilla de publicidad exterior, previa cita que deberá solicitar a los correos electrónicos siguientes: fzecuaa.seduvi@cdmx.gob.mx; ventanilla.seduvi@cdmx.gob.mx, y ventanilla.seduvi@seduvi.cdmx.gob.mx.

El solicitante deberá acudir a la cita 10 minutos antes de la hora señalada para cumplir con el protocolo conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, en el marco del plan gradual hacia la nueva normalidad.

Asimismo, deberá presentarse con el comprobante de cita de forma impresa y con una identificación oficial; traer cubrebocas y/o careta de protección a las instalaciones; usar gel antibacterial al ingresar y al salir de las instalaciones; permanecer en las instalaciones con un distanciamiento mínimo de 1.5 metros entre las personas que se encuentren en ellas.

Sólo se permitirá el acceso al interesado, salvo en aquellos casos que sea población perteneciente a grupos en condición de riesgo o vulnerabilidad que requieran de ayuda.

Por Manuel Durán