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¿Cómo denunciar un caso en la Corte Penal Internacional de La Haya?

El tribunal especializado en el enjuiciamiento de crímenes de lesa humanidad cumple 23 años en servicio

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Edificio de la Corte Penal Internacional de La Haya Foto: Especial

La Corte Penal Internacional (CPI), llamada también Tribunal Penal Internacional, es un tribunal de justicia internacional permanente cuyo objetivo es juzgar a las personas acusadas de cometer crímenes de genocidio, guerra, agresión y lesa humanidad.

A diferencia de la Corte Internacional de Justicia, órgano judicial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU),  la CPI tiene personalidad jurídica internacional, y no forma parte de la ONU, aunque se relaciona con ella en los términos que señala el Estatuto de Roma (documento sobre las reglas y lineamientos que la conforman suscrito el 18 de julio de 1998), su norma fundacional. Es reconocida en el mundo y en el ámbito mediático por la ciudad en la que tiene su sede, La Haya en Holanda.

La Corte Penal tiene personalidad jurídica internacional y puede ejercer sus funciones y atribuciones en el territorio de cualquier Estado, tiene jurisdicción sobre crímenes perpetrados después de su entrada en vigor (1 de julio de 2002).

A 20 años de la adopción del Estatuto de Roma, la CPI ha logrado adelantos significativos para que el mundo reconozca la importancia de que haya justicia.

  • Conscientes de que todos los pueblos están unidos por estrechos lazos y sus culturas configuran un patrimonio común y observando con preocupación que este delicado mosaico puede romperse en cualquier momento,
  • Teniendo presente que, en este siglo, millones de niños, mujeres y hombres han sido víctimas de atrocidades que desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia de la humanidad,
  • Reconociendo que esos graves crímenes constituyen una amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad,
  • Afirmando que los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin castigo y que, a tal fin, hay que adoptar medidas en el plano nacional e intensificar la cooperación internacional para asegurar que sean efectivamente sometidos a la acción de la justicia...

Estatuto de Roma, Preámbulo

A medida que proliferan las crisis de derechos humanos asociadas con delitos internacionales, ha quedado demostrado que su mandato es necesario y para asegurar su eficacia, la corte y sus países miembros se encuentran en constante trabajo para superar los desafíos que se generan en todo el mundo.

El funcionamiento de la Corte se rige por una serie de normas y principios que lo transforman en un tribunal especial, solo para conocer casos realmente particulares. Los principios aplicables son:

Complementariedad: la Corte funciona solo cuando un país no juzga o no puede juzgar los hechos de competencia del tribunal.

El crimen debe estar definido al momento de la comisión y que sea competencia de la Corte.

Un condenado por la Corte solamente puede ser penado como ordena el Estatuto.

Nadie puede ser perseguido por la Corte por hechos o delitos cometidos con anterioridad a su entrada en vigencia.

Responsabilidad penal individual: no serán objeto de la pretensión punitiva las personas jurídicas, salvo como hecho agravante por asociación ilícita.

La Corte no es competente para juzgar a quienes eran menores de 18 años en el momento de comisión del presunto crimen.

Improcedencia de cargo oficial: todos son iguales ante la Corte, aunque el acusado sea, por ejemplo, jefe de Estado.

Responsabilidad por el cargo.

Imprescriptibilidad.

Responsabilidad por cumplimiento de cargo: no es eximente de responsabilidad penal.

¿Cómo se interpone una denuncia?

La investigación de los hechos que fueran constitutivos de delitos se puede iniciar por tres formas (art. 13) del Estatuto de Roma

Por remisión de un Estado Parte a la Corte de una situación particular, en la que no se haya suscrito penalidad alguna por parte del Estado que lleva a cabo la petición.

Por solicitud del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (donde se aplica el veto invertido)

De oficio por el Fiscal de la Corte.

Una vez que el Fiscal maneje estos antecedentes, puede o archivarlos o presentar una acusación que es revisada por la Cámara de Asuntos Preliminares, que revisa los antecedentes hechos valer por el Fiscal.

Si es procedente se acoge la acusación que pasa a ser conocida por la Cámara de Primera Instancia, donde se realiza el juicio. Una vez absuelto o condenado, tanto el Fiscal como el condenado en su caso, pueden apelar o casar ante la Cámara de Apelaciones.

Actualmente las Corte lleva investigaciones oficiales en nueve naciones, todas ellas en África, y en proceso de exámenes preliminares en caso de existir un delito en 10 países del mundo, entre ellos, Colombia, Irak y Venezuela.