ABUSO SEXUAL

¿Qué es el stealthing, conducta de la que acusa María Elena Ríos a Tenoch Huerta?

La práctica sexual, la cual no está legislada en México, puede vulnerar el derecho a decidir de una persona

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La saxofonista María Elena Ríos ha calificado recientemente a Tenoch Huerta como "depredador sexual".Créditos: Twitter @_ElenaRios

Mediante un comunicado de prensa publicado el pasado 15 de junio, la saxofonista María Elena Ríos reafirmó la acusación que realizó en contra de su expareja Tenoch Huerta, a quien señaló como responsable de distintas conductas de abuso.

Entre otras cosas, Ríos señala que el intérprete de Namor se aprovechó de una situación de vulnerabilidad para abusar de distintas formas de ella, quien no se había animado a denunciarlo públicamente debido a la fama del actor.

“Las mujeres que nos encontramos en un proceso emocional vulnerable, al tener contacto con un abusador narcisista, somos arrastradas hacia una dinámica en donde el miedo a la burla de nuestra intimidad nos frena a denunciar.

“Los actos consensuados en un inicio no determinan que sigan siéndolo todo el tiempo porque quitarse el condón sin avisar es un delito de agresión sexual que se conoce en inglés como stealthing”, escribió la saxofonista.

¿El stealthing es un delito en México?

La palabra stealthing se puede traducir del inglés como “sigilosamente”, y se refiere al acto de algunos hombres que se retiran el preservativo a la mitad de una relación sexual consensuada.

De acuerdo con un estudio realizado por la Universidad de Nottingham, en el Reino Unido, aunque esta conducta no es nueva, está teniendo mayor auge entre jóvenes sexualmente activos, aumentando el riesgo de contagio de enfermedades de transmisión sexual y embarazos no deseados.

“Es un ataque a la libertad sexual de la víctima en el que falta el consentimiento de ésta por cuanto la persona prescinde del preservativo, como condición previamente acordada, en todo o en parte del acto sexual. Está manteniendo una relación no consentida que atenta contra la libertad”, destaca el abogado español José María Torras.

No obstante, en México no existe una legislación que aplique sanciones para esta conducta, por lo que, contra lo acusado en el documento, no se le considera un delito en el país, aunque en años anteriores se han presentado algunas iniciativas para castigarla.

Una propuesta presentada por el legislador Mario Zamora el año pasado, busca modificar el artículo 260 del Código Penal federal, castigando con una pena de entre 6 a 8 años de prisión a quien realice stealthing. Sin embargo, la iniciativa se encuentra aún en estudio.