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Elecciones México 2024: ¿Qué es la veda electoral para funcionarios y gobiernos?

Las autoridades electorales les prohiben una serie de acciones para garantizar que no interfieran con el desarrollo del proceso electoral

ELECCIONES

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Créditos: Especial

Durante el desarrollo de los procesos electorales en México, el Instituto Nacional Electoral (INE) establece reglas aplicables a partidos, candidatos y ciudadanos en general para garantizar la imparcialidad de los comicios. En ese sentido, existe también una serie de reglas que deben observar todos los servidores públicos, incluidos cargos de gran importancia como los gobernadores de los estados y el Presidente de la República.

Esta serie de reglas suelen ser conocidas coloquialmente como "veda electoral", aunque autoridades como tribunales electorales prefieren utilizar el concepto “blindaje electoral” para no confundir con el nombre que se le da al periodo de silencio de candidatos y partidos, orientado a que la ciudadanía reflexione su voto, el cual se debe observar entre los tres días previos a la elección y hasta el cierre de casillas.

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¿Qué es un servidor público?

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Para entender el blindaje electoral, es importante definir primero qué se entiende por servidor público, y es que de acuerdo con las leyes mexicanas se trata de toda persona que desempeñe un cargo de cualquier naturaleza, a nivel local o federal, en la administración pública, organismos descentralizados, empresas estatales, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, legislaturas, poder judicial, o que manejen recursos económicos federales o locales, así como en organismos públicos autónomos.

¿Qué tienen prohibido los servidores públicos?

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  • Los servidores públicos deben abstenerse de acudir en días y horas hábiles a cualquier evento relacionado con precampañas y campañas electorales.
  • Tampoco pueden vincular su encargo con manifestaciones o actos dirigidos a favorecer a un precandidato, candidato o partido político.
  • No deberán emitir comentarios a favor o en contra de alguna candidatura.
  • Deben aplicar con imparcialidad los recursos a su cargo, por lo que no podrán realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos ni a los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia.

¿Se puede emitir propaganda gubernamental durante el periodo de campañas?

No, desde el inicio de la campaña y hasta la conclusión de las jornadas comiciales, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios y cualquier otro ente público.

Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

¿Y los apoyos sociales?

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Durante los treinta días anteriores al de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales deben abstenerse de establecer y operar programas extraordinarios de apoyo social o comunitario que impliquen la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento relativo a programas asistenciales, de promoción o de desarrollo social, salvo en los casos de extrema urgencia debido a epidemias, desastres naturales, siniestros u otros eventos de naturaleza análoga.

¿Qué sanciones se aplican?

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Las sanciones podrán consistir en suspensión, destitución e inhabilitación del servidor público para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.

La Ley General en Materia de Delitos Electorales también establece que, se impondrán de doscientos a cuatrocientos días de multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas, para que voten o se abstengan de votar por alguna opción o condicione la prestación de servicios públicos o programas gubernamentales a cambio del sufragio.