EL MUNDO DEL DERECHO

TEPJF: mecanismo de vigilancia a campañas electorales de la CNDH carece de validez

La Sala Superior dejó sin efectos el Primer Informe sobre la violencia política para la protección y defensa del derecho a la democracia y ordenó su retiro de la página oficial de la Comisión. 

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Luego de que la Sala Superior del del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña determinó que el mecanismo de vigilancia a las campañas electorales implementado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) carece de validez y efectos jurídicos, éste fue declarado invalido. 

En sesión pública donde estuvo presente Mata Pizaña, se resaltó que al ser implementado por la Comisión no tiene atribuciones para conocer de asuntos en materia electoral o que sean de la competencia exclusiva de las autoridades electorales. Asimismo, la Sala Superior dejó sin efectos el Primer Informe sobre la violencia política para la protección y defensa del derecho a la democracia y ordenó su retiro de la página oficial de la Comisión. 

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Mediante un comunicado se destacó que “Las atribuciones de la CNDH en el ámbito de la democracia se relacionan con su promoción, el análisis de las condiciones políticas del país y el estudio de circunstancias históricas, por lo que la calificación de conductas mediante el establecimiento de mecanismos de vigilancia se encuentra fuera del ámbito de sus facultades”. 

Al respecto, el PAN resaltó que la CNDH carece de atribuciones para analizar, vigilar y regular los procesos electorales, ya que su función se enfoca en investigar violaciones graves a los derechos humanos, por ello, impugnó tanto el mecanismo como el informe.

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