LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA

Amparan a compañías contra la LIE

Se determinó que vulnera principios de competencia y de libre concurrencia

EDICIÓN IMPRESA

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Créditos: Especial

La reforma de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) vulnera principios de competencia y libre concurrencia, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al conceder el primer amparo contra la norma.

La Segunda Sala del máximo tribunal amparó a seis empresas: La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Eléctrica Del Valle de México, Fuerza Eólica del Istmo, Eólica de Coahuila y Eóliatec de Istmo.

Los ministros consideraron que la violación a estos principios se da por orden de preferencia en el despacho de energía eléctrica regulado en esta ley, debido a que, en lugar de atender un criterio de eficiencia, se prioriza a quienes puedan celebrar contratos con compromiso de entrega física, esto es, a los generadores del Estado como la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

“Cualquier central del Estado (CFE), ya sea nueva o no, podrá ser considerada como legada y, por ello, no necesariamente debe acudir a las subastas como medio de asignación de un contrato de cobertura eléctrica (contrato de compra-venta de energía), sino que podrá hacerlo a través de un contrato de interconexión, quedando relevada de acudir a la forma de contratación al que las empresas privadas sí están obligadas a satisfacer (subasta)”, indicó la Corte.

PAL