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SCJN rechaza impedimento presentado contra Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales

Este miércoles, los integrantes de la Primera Sala determinaron que no hay motivos para considerar que se afecta la imparcialidad de los dos ministros

EDICIÓN IMPRESA

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El amparo 164/2023, cuyo ponente es Pérez Dayán, fue retirado ese día y el 106/2023, bajo la ponencia de Javier Laynez Potisek, quedó en lista Créditos: Especial

Los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales no están impedidos para votar en un amparo promovido en contra de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Este miércoles la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la petición de la Secretaría de la Secretaría de Energía (Sener) de que estos integrantes del máximo tribunal no participaran en la discusión del tema.

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Uno de los argumentos para presentar el impedimento es la supuesta relación de Pérez Dayán y Aguilar con Hugo Arriaga, abogado de uno de los amparos contra la reforma, pero ninguno de los que serían analizados por la Segunda Sala.

Pérez Dayán es vocal del Instituto Mexicano del Amparo, cuyo presidente es Arriaga.

Imparcialidad de los ministros

Este miércoles, los integrantes de la Primera Sala determinaron que no hay motivos para considerar que se afecta la imparcialidad de los dos ministros.

La votación de los proyectos sobre dos amparos en la materia estaba programada para el pasado 27 de septiembre en la Segunda Sala del máximo tribunal, pero esta no se realizó.

El amparo 164/2023, cuyo ponente es Pérez Dayán, fue retirado ese día y el 106/2023, bajo la ponencia de Javier Laynez Potisek, quedó en lista.

dhfm