ABUSO SEXUAL INFANTIL

Protegen infancias ante delitos sexuales

Cambios al código penal federal aplican desde hoy

EDICIÓN IMPRESA

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Créditos: Especial

Los delitos sexuales cometidos contra personas menores de 18 años de edad son imprescriptibles.

Estos cambios realizados al Código Penal Federal se publicaron ayer  en el Diario Oficial de la Federación y estarán vigentes a partir de este jueves.

Se modificaron los artículos 107 Bis, 205 Bis, 261 y 266 del Código, que prevén conductas delictivas de índole sexual.

Por ejemplo, el artículo 261 señala que la persona que comete el delito de abuso sexual contra un menor de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, podrá recibir una pena de 6 a 13 años de prisión, además que esta conducta es imprescriptible.

“En los casos de los delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, previstos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, que hubiesen sido cometidos en contra de una persona menor de 18 años, se observarán las reglas para la prescripción de la acción penal contenidas en este capítulo, pero el inicio del cómputo de los plazos comenzará a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 261, 262 y 266 de este Código, que serán imprescriptibles”. 

Por Diana Martínez

EEZ