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Declaración anual 2023: estas son las deducciones personales para que el SAT te devuelva impuestos

Todas las personas físicas en México están obligadas a presentar su declaración anual a más tardar el 30 de abril, pero si facturaron algunos gastos, se les puede regresar algo de sus impuestos al ser deducibles

ECONOMÍA

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El SAT te dice qué gastos son deducibles de impuestosCréditos: Pexels

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el organismo descentralizado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) encargado de gestionar el cobro de impuestos tanto a personas físicas como morales; de tal modo que en el mes que se debe de presentar la declaración correspondiente a 2023, dice al público qué gastos son deducibles.

Con fecha límite del 30 de abril, los contribuyentes denominados cómo personas físicas están obligados a presentar su declaración anual. En caso de que no lo hagan en tiempo y forma podrían ser objeto de penalizaciones, por lo que el SAT simplificó el mecanismo de pago de impuestos a través de su plataforma digital y el método de deducción de impuestos.

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Deducción de impuestos para personas físicas

Al pagar tus impuestos, puede que tengas saldo a favor Foto: Cuartoscuro

Primero, para saber si el contribuyente es persona física, debe de conocer su definición y, de acuerdo con el SAT, se refiere a todo individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.) y tiene diferentes tipos de regímenes:

  • Régimen Simplificado de Confianza
  • Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios
  • Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
  • Régimen de Incorporación Fiscal
  • Enajenación de bienes
  • Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
  • Régimen de Arrendamiento
  • Intereses
  • Obtención de premios
  • Dividendos
  • Demás ingresos

Estos regímenes pueden ser consultados en la Constancia de Identificación Fiscal de los contribuyentes y, una vez hecho esto, se puede proceder con la declaración anual de impuestos.

Una vez que se confirma este paso, también se puede consultar el catálogo de los gastos que, si se facturan, pueden ser deducibles de impuestos. La deducción de impuestos es, básicamente, que el SAT regrese el gasto de algunos impuestos en específico a sus contribuyentes.

El SAT simplificó el mecanismo de la declaración anual de impuestos Foto: SAT

En la consulta de este catálogo, se especifica que algunos gastos en servicios escolares (colegiaturas y transporte escolar) o médicos (honorarios de doctores, dentistas, psicología, nutrición, enfermería, tratamientos, análisis, etc.) son parte de lo deducible de impuestos; asimismo, el SAT anuncia una sección como “otros gastos” y estos son:

  • Gastos funerarios. Son deducibles los gastos funerarios que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual del ejercicio a declarar. El servicio puede ser para el contribuyente, su cónyuge o concubina(o), así como para padres, abuelos, hijos y nietos.
  • Donativos. Incluye los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación. El límite es hasta 7% de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta 4% para los otorgados a la Federación.
  • Aportaciones complementarias al retiro. Incluye las aportaciones complementarias o voluntarias realizadas directamente a la subcuenta.
  • Cuentas especiales y personales para el ahorro. Son los depósitos que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro, cuyo monto no exceda de 152 mil pesos en el año.
  • Primas de seguros de gastos médicos. Son deducibles los pagos de primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud públicos, cuyos beneficiarios sean tanto el contribuyente como su cónyuge, concubina(o), ascendientes o descendientes en línea recta.
  • Créditos hipotecarios. Son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras.

Para hacerlo efectivo, deben contar con la factura de cada servicio adquirido y haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o cheque nominativo.