FIESTAS PATRIAS

Día de la Independencia: ¿si trabajo el 15 de septiembre me pagarán doble?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo los días de asueto deberán ser remunerados con el salario duplicado

ECONOMÍA

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Este viernes se llevará a cabo la fecha más importante en la historia de México, la independencia.Créditos: Pexels

Este viernes 15 de septiembre nuestro país festejará uno de los días más importantes en la historia de México, la Independencia, el cual se conmemora en punto de las 00:00 horas. Muchas personas saldrán a celebrar por la noche para reunirse con amigos y familiares para celebrar a los héroes de la patria, y como es costumbre, de caer un día entre semana, se le da la oportunidad a los colaboradores para suspender sus actividades o tener un largo puente de descanso.

Sin embargo, este año será diferente debido a que el 16 de septiembre, considerado como tal el día de asueto, muchos de los trabajadores descansan por ser día "no hábil", pues cae en sábado.

Varias alcaldías traerán a los artistas mexicanos favoritos de la población en sus respectivas plazas. FOTO: Cuartoscuro

¿El 15 de septiembre es laboral?

Como tal, la Ley Federal del Trabajo (LFT) no incluye el 15 de septiembre como día de asueto, por lo que el descanso dependerá completamente de la empresa o el patrón con el que labores y sus protocolos para celebrar el Día de la Independencia de México. 

Asimismo, de acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, los días de asueto se le pagan al doble al trabajador, por lo que, como no se considera al 15 de septiembre como día oficial de descanso, si te toca una jornada completa, la empresa no tiene la obligación de pagarte el salario duplicado.

Como cada año, el presidente de México dará el grito de Dolores para conmemorar el Día de la Independencia. FOTO: Cuartoscuro

¿Cuáles son los días feriados de este 2023?

A pesar de que esta festividad tan importante no entra en los días festivos, esta es la lista de los días de asueto de acuerdo con el artículo 74 de la LFT:

  • 1 de enero: Año Nuevo
  • 6 de febrero: Aniversario de la Constitución Mexicana
  • 20 de marzo: Natalicio de Benito Juárez
  • 1 de mayo: Día del Trabajo
  • 16 de septiembre: Independencia de México
  • 20 de noviembre: Revolución Mexicana
  • 25 de diciembre: Navidad
Caso contrario, los colaboradores que trabajen el sábado 15 sí podrían ser acreedores a recibir un pago doble, pero depende de lo acordado con la empresa o patón. FOTO: Cuartoscuro

En caso de que te toque laborar el sábado 16 de septiembre, sí podrás ser acreedor de un pago doble de salario, de acuerdo con lo que estipula la ley y lo establecido en tu empresa o con tu patrón.

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