CON FUERTES SANCIONES

Seduvi: "Comienza el plazo para regularizar publicidad exterior en la CDMX"

La nueva ley prohíbe anuncios en azoteas, instalados o pintados en cerros, bordes de ríos y bosques

ECONOMÍA

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“Fue hace un año cuando las reformas tuvieron luz verde", dijo Carlos UlloaCréditos: Especial

Carlos Ulloa, titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), dio a conocer que ha comenzado el plazo para que las empresas e inmuebles se apeguen a las disposiciones de la nueva Ley de Publicidad Exterior en la Ciudad de México

La ley, aprobada hace un año, establece sanciones de hasta seis años de prisión y multas de hasta 15,000 veces la Unidad de Medida y actualización vigente para aquellos que no cumplan con las nuevas disposiciones.

El titular de la dependencia explicó que la prioridad es garantizar la seguridad de la ciudadanía y el disfrute del espacio público, en tanto puntualizó que “las sanciones pueden ser de corte penal, administrativo y económico, por lo que instamos a las empresas e inmuebles a que se apeguen a las disposiciones antes del próximo 6 de junio".

“Fue hace un año cuando las reformas tuvieron luz verde, porque lo que las integrantes del ramo han tenido 365 días para regularizarse. Así, quienes no se encuentren en regla recibirán hasta seis años de prisión, sin olvidar que se harán acreedores a una considerable multa. Nuestra prioridad es garantizar la seguridad de la ciudadanía, así como el disfrute del espacio público”, aseguró.

Las sanciones no solo serán para las compañías del sector Foto: Especial 

La nueva ley prohíbe anuncios en azoteas, instalados o pintados en cerros, bordes de ríos, bosques; a aquellos autosoportados fuera del marco legal; envolventes; pintados o adheridos a fachadas que no sean denominativo; además de aquellos que se proyectan sobre plásticos, lonas o fachadas, los que atenten contra la dignidad de las personas; además de los que aparezcan en zonas de conservación ecológica.

Las sanciones no solo serán para las compañías del sector, pues aquellos que permitan colocaciones fuera de la Ley en sus inmuebles, también podrán recibir de tres a seis años de sanción y serán penalizados con una multa de entre seis y 15 mil veces la Unidad de Medida, al igual que quienes posean administren, usen o disfruten de una grúa para estos fines.

Los servidores públicos que emitan autorizaciones o permisos en contravención a la norma serán sancionados con responsabilidades administrativas, civiles o penales.

Para finalizar, Carlos Ulloa sentenció que las penalizaciones serán también de 12 mil a 15 mil veces la Unidad de Medida para cualquiera que intervenga en la comercialización y retiro de anuncios sin contar con el respectivo permiso administrativo temporal revocable, además que se les arrestará de 24 a 36 horas.

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dhfm