DERECHO DE AUDIENCIAS

Un respiro, resolución en sector de Telecom

Para el director general de la OTI, se logró evitar una "barbaridad"

ECONOMÍA

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OPINIÓN. Los expertos consideraron que es positiva la resolución de la CorteCréditos: Cuartoscuro

“Como un respiro y una buena noticia para el derecho de las audiencias”, fue considerada la resolución por unanimidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al declarar la inconstitucionalidad del decreto que reformó la Ley de Telecomunicaciones en 2017.

En entrevista, Federico González Luna, director general de la Organización de Telecomunicaciones de Iberoamérica (OTI), explicó que es positivo “que se evitara una barbaridad en contra del derecho a la libertad de expresión y la prensa libre”.

Dijo: “me preocupaba muchísimo que la Corte considerara que era válido constitucionalmente obligar a los comunicadores, a reporteros o a cualquier persona que hiciera uso del micrófono a distinguir en cada caso y todo el tiempo el hecho noticioso de la opinión del que lo presenta. Eso era gravísimo”.

Reveló que, por no hacer la distinción entre opinión o noticia, las sanciones irían desde suspensión precautoria del programa o de toda la estación, si así lo consideraban, además de multas por 3 por ciento de ingresos anuales por cada infracción en incurriera la persona, estación de radio o televisión.

CAR