DECLARACIÓN ANUAL 2022

¿Quiénes no reciben en automático su saldo a favor de la declaración anual? Estos son los criterios

El SAT dio conocer los criterios por lo que no se harán devoluciones automáticas en la declaración anual

ECONOMÍA

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El SAT no hace en automático devolución de impuestos si se tiene un saldo a favor mayor a 150 mil pesos, entre otros criterios Créditos: Pexels

Cada vez está más cerca el fin del plazo para presentar la declaración anual de impuestos. Pero si ya la presentaste y tienes un saldo a favor y no se te ha reflejado en tu cuenta, se puede deber a diversas situaciones.

Excepciones por las que no se hace en automático la devolución de impuestos

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) no hace en automático la devolución de impuestos o saldo a favor, de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Cuando el saldo a favor sea mayor a 150 mil pesos. En estos casos la devolución se debe de solicitar a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED)
  • Si solicitaste una devolución por ejercicios fiscales distintos al vigente, en este caso si haces una solicitud de devolución previo al año 2021.
  • A las personas que presenten su declaración mediante Contraseña, cuando están obligados hacerlo con e.firma.
  • Quienes presenten solicitud vía FED, previo a la obtención del resultado de la declaración 2021.
  • Si presentas la declaración anual normal o complementaria del ejercicio fiscal 2021, posterior al 31 de julio del presente año.

Consideraciones especiales

Cuando no hayas elegido la opción de devolución en la declaración anual. Si en la declaración presentada seleccionaste por error el recuadro “Devolución” en lugar de “Compensación”, o bien, se seleccionaste la opción “Compensación” pero no cuentas con impuestos a cargo para compensar.

En ese caso podrás modificar estas opciones al presentar la declaración complementaria del ejercicio, señalando dicho cambio antes del 31 de julio del presente año.

También no podrán hacerte una devolución automática de tu declaración anual, si el ejercicio al que corresponde el saldo a favor, si como contribuyente estás suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o se te señala como no localizable en tu domicilio fiscal registrado.

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