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¿Resico o RIF? Qué esquema es el que más conviene

Especialistas aseguran que depende de las características del causante

ECONOMÍA

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1% es la tasa más baja que se paga en el ResicoCréditos: Archivo

Migrar al Régimen Simplificado de Confianza (Resico) o permanecer en el Regimen de Incorporación Fiscal (RIF) depende de las características de cada contribuyente y del negocio de éste, según expertos.

En el caso del RIF, beneficia y conviene a los causantes que tienen pocos años dentro de este esquema, ya que gozan de mayores estímulos, con lo que pagan menores tasas de impuestos, y también para quienes tienen más deducciones que acreditar.

Además, el RIF tomaba en cuenta todas las facturas emitidas para el pago de ISR, mientras que el Resico sólo contempla las facturas que han sido pagadas para la determinación del impuesto.

“Muy probablemente las personas que decidieron quedarse en el RIF es porque son sus primeros años y pagan tasas muy bajas del Impuesto Sobre la Renta (ISR)”, comentó Adrián García Gómez, coordinador de ingresos e impuestos del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP).

En cambio, los contribuyentes que no son de IVA o IEPS, les conviene más estar en el Resico, por ejemplo, si es un comerciante de vinos y licores que sólo factura al público en general, quizá el ahorro de ISR no sería tan atractivo cómo el que podría obtener en IVA y IEPS, si se queda como RIF.

García indicó que el Resico es un régimen que conviene a pequeños contribuyentes, ya que al ser un esquema más sencillo, reduce el costo administrativo, pues ya no se necesita contratar a un contador para la declaración.  

El Resico plantea el cobro de tasas progresivas para el pago del ISR, sobre ingresos efectivamente facturados y cobrados que van de 1 al 2.5 por ciento de los ingresos de los contribuyentes.

“Estas tasas son bajas y atractivas, pero creemos que ha faltado información y difusión”, indicó Laura Grajeda Trejo, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

ARTE: CHRISTIAN CHACÓN

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