ECONOMÍA

IFT amplía plazo para trámites iniciados digitalmente durante pandemia

Debido a que todavía prevalecen restricciones para aforos en oficinas, el IFT consideró insuficiente el plazo de veinte días hábiles que se había fijado previamente

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IFT amplía plazo para trámites iniciados digitalmente durante pandemia (Foto: Especial / @MaricelaMorenoC)Créditos: Foto: Especial / @MaricelaMorenoC

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó una ampliación de 120 días hábiles al plazo para que todos los concesionarios y autorizados que, durante la contingencia sanitaria provocada por la COVID-19, realizaron trámites vía correo electrónico, presenten de manera física ante la Oficialía de Partes toda la documentación original que se envió de forma digital.

Debido a que todavía prevalecen restricciones para aforos en oficinas, horarios escalonados, personas que no han recibido su esquema completo de vacunación, entre otras circunstancias, el IFT consideró insuficiente el plazo de veinte días hábiles que se había fijado previamente, en la XIV Sesión Ordinaria del Pleno, celebrada el 04 de agosto de 2021, para que los sujetos regulados presentaran ante la Oficialía de Partes del Instituto, la documentación original y completa que se remitió inicialmente de manera digitalizada para diversos trámites habilitados por medios electrónicos durante la pandemia. 

El plazo antes señalado fenecía este 27 de septiembre del año en curso.

 No obstante, tomando en consideración la situación que prevalece por la pandemia por COVID-19, se consideró la ampliación del plazo antes mencionado por 120 días hábiles, contados a partir del 28 de septiembre; lo anterior, por una parte, con la finalidad de que los sujetos regulados se encuentren en aptitud de remitir la documentación de manera física al Instituto en tiempo y forma; y por la otra, evitar la concentración de personas en la Oficialía de Partes Común de este Instituto.

Confirman facultades

Por otro lado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó las facultades del presidente interino del IFT, Adolfo Cuevas, para designar a otros altos directivos de la institución.

En 2020 los demás comisionados reformaron su estatuto orgánico para que fuera el pleno el encargado de realizar estos nombramientos, bajo el argumento de que Cuevas era presidente interino y no había sido nombrado por el Senado en su cargo.

No obstante, los ministros de la SCJN consideraron que ello afectaba el correcto funcionamiento del regulador y confirmaron las atribuciones de Cuevas.

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