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¿Cuáles son los riesgos de utilizar criptomonedas? Esto dice Hacienda

Las instituciones financieras del país no están autorizadas a realizar y ofrecer al público operaciones con activos virtuales

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Si bien las criptomonedas pueden ser intercambiadas, no cumplen con las funciones del dinero, asegura la SHCP. Foto: Especial

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público advirtió sobre los riesgos de utilizar activos virtuales con las llamadas criptomonedas ya que considera que no constituyen una moneda de curso legal en México ni tampoco son divisas bajo el marco legal vigente.

¿Qué son los activos virtuales o criptomonedas?

Las criptomonedas son mecanismos de almacenamiento e intercambio de información electrónica. No tienen valor intrínseco y sus características tecnológicas pueden tener usos diversos que pueden determinar su valor, por ello pueden ser activos con un valor muy volátil y son considerados especulativos.

Si bien las criptomonedas pueden ser intercambiadas, no cumplen con las funciones del dinero, pues su aceptación como medio de pago es limitada y no son una buena reserva ni referente de valor, acotó la SHCP. 

Por lo tanto, junto con el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la SHCP reiteró que las instituciones financieras del país no están autorizadas a realizar y ofrecer al público operaciones con activos virtuales tales como Bitcoin, Ether, XRP entre otros con el fin de mantener una sana distancia con el sistema financiero.

Los organismos establecen que en caso de que alguna institución financiera emita u ofrezca dichos instrumentos serán sancionados.

¿Qué instituciones financieras pueden hacer operaciones con activos virtuales?

Sin embargo, el Banco de México emitió disposiciones de carácter general a las instituciones de crédito e instituciones de tecnología financiera en las operaciones que realicen con activos virtuales. Dichas instituciones sólo podrán celebrar operaciones con activos virtuales que correspondan a aquellas actividades realizadas internamente, ello para llevar a cabo las operaciones y servicios de esas instituciones celebren con sus clientes, o que ellas mismas realicen por cuenta propia.

Para llevar a cabo dicha actividad las instituciones deberán contar con la autorización del Banco de México para realizar operaciones internas con activos virtuales.

Asimismo, los organismos establecieron que las recién nombradas ‘monedas estables’ (stablecoin) que son unidades de valor monetario que se almacena digitalmente en registros no centralizados (Distributed Ledger Technology) que generan un derecho de cobro sobre el emisor y se emiten contra la recepción de fondos de moneda extranjera de curso legal, con el fin de realizar operaciones de pago, también deberán contar con autorización del Banco de México, en caso contrario también serán sancionadas. 

RMG