SAT

Agendan devolución de impuestos para la segunda semana de abril

La dependencia tiene 40 días para realizar las devoluciones

ECONOMÍA

·
SAT habilitará la pestaña de presentación de la referida declaración.Créditos: Archivo

A los contribuyentes que presenten su declaración anual en la primera semana de abril y tengan un saldo a favor, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) va a realizar la devolución de impuestos correspondiente en la segunda semana del mismo mes, informó la Prodecon.

El 1 y hasta el 30 de abril, las personas físicas debe presentar ante la autoridad tributaria su declaración de impuestos correspondiente al ejercicio 2020.

“Aquellos contribuyentes que realicen su declaración anual durante la primera semana de abril y resulten con saldo a favor procedente, a través del aplicativo automático de devoluciones, la autoridad fiscal le realizará el depósito correspondiente durante la segunda semana del citado mes”, señaló el ombudsman fiscal.

Para presentarla en tiempo y forma, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitará la pestaña de presentación de la referida declaración, desde la cual los contribuyentes podrán cumplir con esta obligación a partir del próximo jueves.

Cabe destacar que el SAT tiene 40 días para realizar las devoluciones de impuestos a los causantes activos.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) va a llevar a cabo una serie de webinars gratuitos el viernes 26, lunes 29 y martes 30 de marzo titulados “Programa declara en tu casa, prepárate con tiempo”, donde expertos fiscalistas van a explicar, vía zoom y YouTube, paso a paso, el llenado y envío de la declaración anual, además de responder cuestionamientos de los participantes.

¿Quiénes declaran?

En abril los contribuyentes que obtuvieron ingresos por:

Salarios

A) De una sola patrona o patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.

A2) Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.

A3) Trabajaron para dos o más patronas o patrones de manera simultánea.

A4) Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.

A5) Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.

A6) Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos

Servicios profesionales. Aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.

Actividades empresariales, incluidas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.

Actividades empresariales realizadas únicamente a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, que no hayan optado por realizar pagos definitivos.

Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).

Reciben intereses o dividendos

Enajenaron bienes, si vendieron algún bien.

Adquisición de bienes, si compraron algún bien.

Por: Fernando Franco
alg

Temas