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SAT: Los depósitos para despensa, luz y agua, ¿también los debo declarar?

Una práctica muy común en la sociedad es que alguien le deposite dinero a otra persona para que pague la luz o algún servicio, pero ¿esto se tiene que declarar ante el SAT?

ECONOMÍA

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La gente que son familia directa que recibe depósitos para pagar servicios deben comprobarlos ante el SAT (FOTO: Cuartoscuro)Créditos: FOTO: Cuartoscuro

En la actualidad la gente está acostumbrándose a pagar muchos servicios en línea, pero también en hacer un depósito a algún integrante de la familia o a una persona de confianza del dinero correspondiente a alguno de los servicios como la luz y el agua; sin embargo, lo que muchas veces no se aclara es si este tipo de ingresos también se tienen que declarar ante el SAT.

En una charla para El Heraldo de México, Jaime Espinoza de los Monteros, Socio del Área Fiscal de Hogan Lovells, fue el encargado de aclarar esta duda, ya que la gente tiene que saber todo lo que se tiene que declarar o no para evitar problemas más adelante con el Servicio de Administración Tributaria.

En una primera instancia, Jaime aseguró que se tiene que declarar, como todos los ingresos, ya que el SAT revisa de dónde entró el dinero y el motivo por el que se depositó ese monto en la cuenta, pero hay una forma en la que no se tiene que declarar.

Cómo no declarar los depósitos para la despensa, luz o agua

Espinoza recordó que la forma en la que no se tiene que comprobar ante el SAT estos ingresos tiene que ver con el tema de conyugues, ascendientes y descendientes en línea directa, quienes están exentos de comprobar este tipo de gastos.

“Acuérdate que la donación entre conyugues, ascendientes y descendientes en línea directa está exenta, entonces… A ver, si yo a mi exesposa le pago la luz, le pago la renta… evidentemente lo que estoy haciendo es cumplir con mi pensión alimenticia, la cual está exenta en términos del artículo 93 de la ley de Impuesto sobre la Renta”, dijo Jaime.

Fuera de esto, el que alguien más le pague la luz puede generar un tema, ya que puede entrar en la discrepancia fiscal ya que abarca todo lo que haces en el ejercicio, que se tiene que tener una concordancia entre lo que gasto y lo que recibe una persona. Es decir, mientras que no caiga en discrepancia todo va a fluir en orden con el SAT.

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