SEMARNAT

Se “consterna” Semarnat por fallo de la Corte sobre Ley Minera

La titular de la Semarnat señaló que la Ley Minera no puede estar por encima de la carta magna

ECONOMÍA

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"La Semarnat no comparte el criterio expresado hoy por el Pleno de la Segunda Sala", dijo María Luisa AlboresCréditos: Especial

La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) se dijo “consternada” por el rechazo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hizo al amparo promovido por la comunidad indígena maseual de Puebla contra la Ley Minera.

El amparo pedía a los ministros invalidar dicha ley, bajo el argumento de que violaba el Artículo 2 de la Constitución al no considerar la consulta a los pueblos indígenas como requisito para que el gobierno federal otorgue concesiones a empresas mineras en territorio de pueblos originarios.

La Semarnat, encabezada por María Luisa Albores, resaltó que la Ley Minera no puede estar por encima de la carta magna y “por lógica” debe ser inconstitucional, aunque se dijo respetuosa de la división de poderes en referencia a la resolución de la Corte.  

???Las leyes que emanen de la Constitución deben estar apegadas al marco constitucional. En caso contrario, por lógica jurídica, el ordenamiento legal debe considerarse inconstitucional. En este sentido, la Semarnat no comparte el criterio expresado hoy por el Pleno de la Segunda Sala, al haber declarado lo contrario en su resolución”, expuso en un comunicado.

Reiteró que dicha ley “establece actos de autoridad que podrían afectar a los pueblos y comunidades indígenas, así como los hábitats y ecosistemas en los que se encuentran asentados. Es decir, sus territorios y su relación con el acceso preferente a los recursos naturales, como lo establece nuestro artículo 2º Constitucional y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por México.”

Por Iván E. Saldaña